Reglamento de gestión (art. 111 Ley 27.440)
Configura el reglamento de gestión como contrato base entre gerente y depositaria y condiciona el inicio del fondo a su formalización, autorización y publicidad.
Qué regula el artículo 111
Configura el reglamento de gestión como contrato base entre gerente y depositaria y condiciona el inicio del fondo a su formalización, autorización y publicidad.
Sustitúyese el artículo 11 de la ley 24.083 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Reglamento de gestión
Artículo 11: El reglamento de gestión se celebrará por escritura pública o por instrumento privado con firmas ratificadas ante escribano público entre las sociedades gerente y depositaria, antes del comienzo del funcionamiento del Fondo Común de Inversión y establecerá las normas contractuales que regirán las relaciones entre las nombradas y los copropietarios indivisos. En los casos que corresponda, deberá acompañarse el prospecto de oferta pública conjuntamente con el reglamento de gestión. El reglamento de gestión, y en su caso, el prospecto de oferta pública, así como las modificaciones que pudieran introducírseles, entrarán en vigor cumplido el procedimiento establecido a tal efecto por la Comisión Nacional de Valores, procediéndose a su publicación en los términos que establezca la reglamentación de la Comisión Nacional de Valores.
Fuente: Ley 27.440, art. 111 — Texto original (Argentina.gob.ar)
Comentario
El reglamento de gestión no es un folleto informativo sino la arquitectura contractual del fondo. Allí se distribuyen competencias entre gerente y depositaria, se define qué puede hacerse con el patrimonio y bajo qué condiciones ingresan o salen los cuotapartistas. La exigencia de autorización y publicidad previa evita que el fondo comience a captar ahorro con reglas todavía móviles o desconocidas. En caso de conflicto, sus cláusulas sirven para medir si la administración respetó el mandato colectivo asumido frente a los inversores.
Preguntas para profundizar
¿Puede comenzar a operar un FCI antes de que su reglamento quede formalizado y autorizado?
¿El reglamento obliga sólo a la sociedad gerente?
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