Derogación del artículo 31 de la Ley 24.083 (art. 133 Ley 27.440)
Elimina otra norma previa para evitar superposiciones con las competencias y procedimientos renovados de la CNV.
Qué regula el artículo 133
Elimina otra norma previa para evitar superposiciones con las competencias y procedimientos renovados de la CNV.
Derógase el artículo 31 de la ley 24.083 y sus modificatorias.
Fuente: Ley 27.440, art. 133 — Texto original (Argentina.gob.ar)
Comentario
Este artículo elimina otra pieza del diseño anterior de la Ley 24.083 para evitar duplicaciones con la arquitectura de control introducida por la reforma. Su importancia reside menos en un mandato positivo que en la depuración del sistema: una regla derogada ya no puede usarse para ampliar, restringir o condicionar competencias actuales. En litigios o dictámenes que utilicen textos históricos, es indispensable fechar el hecho discutido, porque una cita correcta para un período anterior puede ser jurídicamente equivocada para operaciones posteriores a la entrada en vigor de la reforma.
Preguntas para profundizar
¿La numeración derogada puede seguir apareciendo en contratos o dictámenes antiguos?
¿Cómo se determina qué regla sustituyó materialmente al artículo eliminado?
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