Derogación del artículo 37 de la Ley 24.083 (art. 139 Ley 27.440)
Suprime una regla previa para consolidar la regulación en las disposiciones reformadas y las normas de la CNV.
Qué regula el artículo 139
Suprime una regla previa para consolidar la regulación en las disposiciones reformadas y las normas de la CNV.
Derógase el artículo 37 de la ley 24.083 y sus modificatorias.
Fuente: Ley 27.440, art. 139 — Texto original (Argentina.gob.ar)
Comentario
La eliminación del artículo 37 continúa la concentración de la disciplina de fondos en un esquema regulatorio más uniforme. Su efecto es impedir que subsistan procedimientos o competencias superpuestos por mera inercia legislativa. En la práctica, cuando una actuación administrativa, contrato o manual de cumplimiento remite a esta norma histórica, debe actualizarse la referencia y reconstruir la obligación a partir del texto vigente. La derogación es así también una advertencia metodológica: la regulación de FCI posterior a 2018 no puede leerse con compilaciones desactualizadas.
Preguntas para profundizar
¿Es jurídicamente suficiente que un manual interno cite una norma que estaba vigente cuando fue redactado?
¿La desaparición de una norma implica necesariamente que la materia quedó sin regulación?
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