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Ley 27.440 · Artículo 149 — Preferencia y receso en ON convertibles

Preferencia y receso en ON convertibles (art. 149 Ley 27.440)

Reconoce derechos de preferencia y acrecer de accionistas y, en determinados casos, el derecho de receso frente a emisiones convertibles.

Fuente: Ley 27.440

Qué regula el artículo 149

Reconoce derechos de preferencia y acrecer de accionistas y, en determinados casos, el derecho de receso frente a emisiones convertibles.

Texto oficial · Ley 27.440, art. 149

Sustitúyese el artículo 11 de la ley 23.576 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 11: Los accionistas que tengan derecho de preferencia y de acrecer en la suscripción de nuevas acciones pueden ejercerlo en la suscripción de obligaciones convertibles, siendo de aplicación lo dispuesto en los artículos 194 a 196 de la Ley General de Sociedades 19.550, t. o. 1.984 y sus modificaciones y el artículo 62 bis de la ley 26.831 y sus modificaciones.

Los accionistas disconformes con la emisión de obligaciones convertibles pueden ejercer el derecho de receso conforme al artículo 245 de la Ley General de Sociedades 19.550, t.o. 1.984 y sus modificaciones, salvo en las sociedades autorizadas a la oferta pública de sus acciones y en los supuestos del artículo siguiente.

Fuente: Ley 27.440, art. 149 — Texto original (Argentina.gob.ar)

Comentario

Una obligación convertible contiene una opción que puede terminar diluyendo a los accionistas existentes. Por eso la ley no la trata como deuda común: reconoce preferencia y acrecer para permitir que los accionistas conserven proporcionalmente su posición y contempla receso en situaciones determinadas. El equilibrio consiste en facilitar capitalización mediante deuda convertible sin eludir las protecciones que operarían frente a una emisión directa de acciones. La aplicación concreta depende del tipo de emisión, de las renuncias válidas y de las mayorías adoptadas.

Preguntas para profundizar

¿Por qué los accionistas tienen preferencia frente a ciertas ON convertibles?
Porque la conversión puede transformarlas en capital y diluir porcentajes existentes; la preferencia permite participar proporcionalmente en esa potencial emisión accionaria.
¿El derecho de receso nace ante cualquier ON simple?
No. Se vincula con los supuestos legalmente previstos, especialmente cuando la emisión convertible produce efectos societarios que justifican esa tutela.
Esta página es de carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni reemplaza una consulta profesional. Cita el texto oficial de la norma; para su aplicación a un caso concreto, consulte a un profesional matriculado.

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