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Ley 27.440 · Artículo 32 — Actualización de seguros de vida y de retiro

Actualización de seguros de vida y de retiro (art. 32 Ley 27.440)

Permite actualizar determinadas prestaciones de seguros de vida y retiro mediante CER u otros índices admitidos, exceptuándolas de restricciones nominalistas específicas.

Fuente: Ley 27.440

Qué regula el artículo 32

Permite actualizar determinadas prestaciones de seguros de vida y retiro mediante CER u otros índices admitidos, exceptuándolas de restricciones nominalistas específicas.

Texto oficial · Ley 27.440, art. 32

Las pólizas de seguros para casos de muerte, incluyan o no modalidades de capitalización, y los seguros de retiro en todas sus modalidades podrán actualizarse por el Coeficiente de Estabilización de Referencia según lo establecido en el artículo 27 del decreto 905/2002, ratificado por el artículo 71 de la ley 25.827 y por otros índices aprobados por la normativa vigente, sin que sea de aplicación para estos casos los artículos 7° y 10 de la ley 23.928 y el artículo 765 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Título III

Modificaciones a la ley 26.831

Fuente: Ley 27.440, art. 32 — Texto original (Argentina.gob.ar)

Comentario

Los seguros de vida con ahorro y los seguros de retiro tienen horizontes largos; mantener sumas nominales sin mecanismo de actualización puede vaciar económicamente la prestación. El artículo habilita indexación dentro de parámetros legales y regulatorios, buscando que el capital conserve una relación razonable con el valor económico previsto al contratar. La excepción se construye de forma expresa frente a la Ley 23.928 y a la regla monetaria citada del Código Civil y Comercial, por lo que no debe extrapolarse a contratos ajenos. La validez del índice utilizado depende de que se encuentre autorizado por el marco normativo correspondiente.

Preguntas para profundizar

¿El artículo autoriza cualquier fórmula privada de indexación?
No. Habilita CER y otros índices aprobados por la normativa vigente, no mecanismos carentes de respaldo regulatorio.
¿Por qué se justifica una excepción en estos seguros?
Porque su duración suele ser extensa y la pérdida del valor real puede frustrar la finalidad previsional o de protección económica de la cobertura.
Esta página es de carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni reemplaza una consulta profesional. Cita el texto oficial de la norma; para su aplicación a un caso concreto, consulte a un profesional matriculado.

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