Derogación del antiguo artículo 42 de la Ley 26.831 (art. 55 Ley 27.440)
Elimina una disposición previa del régimen de mercados para adecuar la arquitectura legal a las nuevas reglas de negociación, compensación y garantías.
Qué regula el artículo 55
Elimina una disposición previa del régimen de mercados para adecuar la arquitectura legal a las nuevas reglas de negociación, compensación y garantías.
Derógase el artículo 42 de la ley 26.831.
Fuente: Ley 27.440, art. 55 — Texto original (Argentina.gob.ar)
Comentario
La derogación del antiguo artículo 42 debe entenderse dentro del rediseño de la infraestructura de mercado y no como un vacío. La Ley 27.440 redistribuye en artículos vecinos las reglas sobre garantías, contraparte central, fondos de garantía y funcionamiento de mercados. Suprimir una disposición que respondía a la estructura anterior evita superposición o contradicción con el nuevo esquema. En consecuencia, para determinar el régimen vigente debe acudirse al conjunto reformado y no intentar reconstruir la norma derogada por analogía.
Preguntas para profundizar
¿La derogación significa que la materia regulada por el viejo artículo queda necesariamente sin regulación?
¿Puede aplicarse el texto derogado a operaciones posteriores por considerarlo más específico?
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