Derogación del artículo 85 de la Ley 26.831 (art. 69 Ley 27.440)
Suprime una disposición del régimen anterior como parte de la reorganización de las reglas de oferta pública y adquisiciones de control.
Qué regula el artículo 69
Suprime una disposición del régimen anterior como parte de la reorganización de las reglas de oferta pública y adquisiciones de control.
Derógase el artículo 85 de la ley 26.831 y sus modificaciones.
Fuente: Ley 27.440, art. 69 — Texto original (Argentina.gob.ar)
Comentario
La supresión del antiguo artículo 85 acompaña la reconstrucción completa del capítulo de ofertas públicas de adquisición. En lugar de conservar una pieza de un régimen anterior y superponerla con nuevas definiciones de control, precio y procedimiento, el legislador elimina el precepto y concentra la materia en los artículos reformados que siguen. El valor interpretativo de la derogación está en confirmar que las OPA posteriores deben analizarse con el nuevo sistema integral y no con categorías residuales del esquema precedente.
Preguntas para profundizar
¿La derogación del artículo 85 elimina el control de la CNV sobre las OPA?
¿Qué texto debe utilizarse para una adquisición de control producida después de la reforma?
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