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Ley 27.440 · Artículo 82 — Designación del auditor externo

Designación del auditor externo (art. 82 Ley 27.440)

Reserva a la asamblea ordinaria la designación del auditor externo, exige independencia y prevé intervención previa del comité de auditoría o del órgano de fiscalización.

Fuente: Ley 27.440

Qué regula el artículo 82

Reserva a la asamblea ordinaria la designación del auditor externo, exige independencia y prevé intervención previa del comité de auditoría o del órgano de fiscalización.

Texto oficial · Ley 27.440, art. 82

Sustitúyese el artículo 105 de la ley 26.831, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 105: Designación del auditor externo. La asamblea ordinaria de accionistas, en ocasión de la aprobación de los estados contables, designará para desempeñar las funciones de auditoría externa correspondiente al nuevo ejercicio a contadores públicos matriculados independientes según los criterios que establezca la Comisión Nacional de Valores por vía reglamentaria. La asamblea revocará el encargo cuando se produzca una causal justificada. Cuando la designación o su revocación sean decididas a propuesta del órgano de administración, deberá contarse con la previa opinión del Comité de Auditoría.

Para el supuesto de tratarse de una Pequeña y Mediana Empresa definida de esta forma conforme la reglamentación de la Comisión Nacional de Valores, que no cuente con Comité de Auditoría, deberá requerirse la previa opinión del órgano de fiscalización.

Fuente: Ley 27.440, art. 82 — Texto original (Argentina.gob.ar)

Comentario

La elección del auditor externo se coloca en manos de la asamblea para reforzar su independencia respecto de la administración cuya información examina. La propuesta puede provenir del directorio, pero debe contar con la opinión previa del comité de auditoría; en determinadas PyMEs, interviene el órgano de fiscalización. El diseño busca que la contratación no sea una relación comercial controlada exclusivamente por quienes serán auditados y que exista un filtro institucional sobre independencia, antecedentes y eventual revocación.

Preguntas para profundizar

¿Puede el directorio designar definitivamente al auditor sin intervención de la asamblea?
La designación corresponde a la asamblea ordinaria conforme la regla legal, aunque el órgano de administración pueda formular propuestas en los términos previstos.
¿Qué función cumple el comité de auditoría en la designación?
Emite una opinión previa cuando la propuesta o revocación proviene de la administración, agregando un control independiente antes de la decisión asamblearia.
Esta página es de carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni reemplaza una consulta profesional. Cita el texto oficial de la norma; para su aplicación a un caso concreto, consulte a un profesional matriculado.

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