Blasco SchneiderBiblioteca jurídica
Inicio›Biblioteca›Ley 19.550›Art. 174
Ley 19.550 · Artículo 174 — Suscripción en exceso

Suscripción que excede el capital previsto (art. 174 LGS)

El artículo 174 de la Ley General de Sociedades resuelve el exceso de suscripción: la asamblea constitutiva reduce a prorrata o aumenta el capital hasta las suscripciones.

Fuente: Ley 19.550

Qué regula el artículo 174

El artículo 174 regula qué hacer cuando las suscripciones superan el capital previsto.

Texto oficial · Ley 19.550, art. 174

Cuando las suscripciones excedan del monto previsto, la asamblea constitutiva decidirá su reducción a prorrata o aumentará el capital hasta el monto de las suscripciones.

Fuente: Ley 19.550, art. 174 — InfoLEG (texto oficial actualizado)

Comentario

Ante el 'éxito' de la captación, hay dos opciones: recortar proporcionalmente lo suscripto por cada uno o elevar el capital para absorber todo. Lo decide la asamblea constitutiva.

Esta página es de carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni reemplaza una consulta profesional. Cita el texto oficial de la norma; para su aplicación a un caso concreto, consulte a un profesional matriculado.

¿Necesitás asesoramiento sobre este tema?

El estudio tiene su sede central en Buenos Aires (Argentina) y brinda asesoramiento a clientes de todo el mundo.

Consultar al estudio