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Ley 19.550 · Artículo 179 — Orden del día de la asamblea constitutiva

Temas de la asamblea constitutiva (art. 179 LGS)

El artículo 179 de la Ley General de Sociedades fija el orden del día de la asamblea constitutiva: gestión de los promotores, estatuto, valuación de aportes, designación de autoridades y plazo de integración.

Fuente: Ley 19.550

Qué regula el artículo 179

El artículo 179 detalla los temas que resuelve la asamblea constitutiva.

Texto oficial · Ley 19.550, art. 179

La asamblea resolverá si se constituye la sociedad y, en caso afirmativo: 1) la gestión de los promotores; 2) el estatuto social; 3) la valuación provisional de los aportes no dinerarios (los aportantes no votan); 4) la designación de directores y síndicos; 5) el plazo de integración del saldo.

Fuente: Ley 19.550, art. 179 — InfoLEG (texto oficial actualizado)

Comentario

Es la agenda fundacional: aprobar lo hecho por los promotores, el estatuto, la valuación de aportes en especie y designar autoridades. El aportante en especie no vota su propia valuación, para evitar el conflicto de interés.

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