Ley 19.550 · Artículo 198 — Aumento por oferta pública
Aumento de capital por oferta pública (art. 198 LGS)
El artículo 198 de la Ley General de Sociedades admite que el aumento de capital se realice por oferta pública de acciones.
Qué regula el artículo 198
El artículo 198 habilita el aumento de capital mediante oferta pública de acciones.
Texto oficial · Ley 19.550, art. 198
El aumento del capital podrá realizarse por oferta pública de acciones.
Fuente: Ley 19.550, art. 198 — InfoLEG (texto oficial actualizado)
Comentario
Es la puerta al mercado de capitales: la sociedad autorizada puede aumentar capital colocando acciones entre el público, bajo el régimen de la CNV. Se combina con la flexibilidad del art. 188 para las sociedades con oferta pública.
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