Directores y síndicos: prohibición de votar su gestión (art. 241 LGS)
El artículo 241 de la Ley General de Sociedades prohíbe a directores, síndicos y consejeros votar las decisiones sobre la aprobación de sus actos de gestión, su responsabilidad o su remoción con causa.
Qué regula el artículo 241
El artículo 241 fija la inhabilitación de los administradores para votar sobre su propia gestión.
Los directores, síndicos, miembros del consejo de vigilancia y gerentes generales no pueden votar en las decisiones vinculadas con la aprobación de sus actos de gestión. Tampoco lo pueden hacer en las resoluciones atinentes a su responsabilidad o remoción con causa.
Fuente: Ley 19.550, art. 241 — InfoLEG (texto oficial actualizado)
Comentario
Impide que sean jueces de sí mismos: aunque sean accionistas, no votan la aprobación de su gestión ni su responsabilidad. Protege la objetividad del control de la asamblea sobre la conducción.
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