Asambleas especiales por clase de acciones (art. 250 LGS)
El artículo 250 de la Ley General de Sociedades exige el consentimiento de la clase afectada, en asamblea especial, cuando una decisión afecta los derechos de una clase de acciones.
Qué regula el artículo 250
El artículo 250 regula las asambleas especiales de clase.
Cuando la asamblea deba adoptar resoluciones que afecten los derechos de una clase de acciones, se requiere el consentimiento o ratificación de esta clase, que se prestará en asamblea especial regida por las normas de la asamblea ordinaria.
Fuente: Ley 19.550, art. 250 — InfoLEG (texto oficial actualizado)
Comentario
Protege a las clases de acciones (preferidas, de voto plural): sus derechos no pueden alterarse sin su propio consentimiento, expresado en una asamblea especial de esa clase. Evita que la mayoría perjudique a una categoría.
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