Elección de directores por clase de acciones (art. 262 LGS)
El artículo 262 de la Ley General de Sociedades permite que, existiendo diversas clases de acciones, el estatuto prevea que cada clase elija uno o más directores.
Qué regula el artículo 262
El artículo 262 regula la elección de directores por clase de acciones.
Cuando existan diversas clases de acciones el estatuto puede prever que cada una de ellas elija uno o más directores, a cuyo efecto reglamentará la elección. La remoción se hará por la asamblea de accionistas de la clase, salvo los casos de los artículos 264 y 276.
Fuente: Ley 19.550, art. 262 — InfoLEG (texto oficial actualizado)
Comentario
Es otra herramienta de representación en el directorio: cada clase de acciones designa sus propios directores. Se excluye el voto acumulativo cuando se usa este sistema (art. 263), porque ya asegura representación por clase.
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