Responsabilidad de los síndicos (art. 296 LGS)
El artículo 296 de la Ley General de Sociedades hace a los síndicos ilimitada y solidariamente responsables por incumplir sus obligaciones; la asamblea que declara su responsabilidad los remueve.
Qué regula el artículo 296
El artículo 296 fija la responsabilidad de los síndicos.
Los síndicos son ilimitada y solidariamente responsables por el incumplimiento de las obligaciones que les imponen la ley, el estatuto y el reglamento. Su responsabilidad se hará efectiva por decisión de la asamblea. La decisión que declare la responsabilidad importa la remoción del síndico.
Fuente: Ley 19.550, art. 296 — InfoLEG (texto oficial actualizado)
Comentario
El síndico que no controla como debe responde por los daños, igual que un administrador. La asamblea que lo hace responsable, además, lo remueve. Es la contrapartida de su rol de garante de la legalidad.
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