El síndico responde junto con los directores (art. 297 LGS)
El artículo 297 de la Ley General de Sociedades hace al síndico solidariamente responsable con los directores cuando el daño no se habría producido si hubiera actuado conforme a sus deberes.
Qué regula el artículo 297
El artículo 297 fija la responsabilidad solidaria del síndico con los directores.
También son responsables solidariamente con los directores por los hechos y omisiones de éstos cuando el daño no se hubiera producido si hubieran actuado de conformidad con lo establecido en la ley, estatuto, reglamento o decisiones asamblearias.
Fuente: Ley 19.550, art. 297 — InfoLEG (texto oficial actualizado)
Comentario
El síndico no responde solo por lo suyo: si con un control diligente hubiera evitado el daño causado por los directores, responde solidariamente con ellos. Es la contracara de su rol de garante de la legalidad.
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