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Ley 19.550 · Artículo 300 — Fiscalización estatal limitada

Fiscalización estatal limitada de las S.A. comunes (art. 300 LGS)

El artículo 300 de la Ley General de Sociedades limita la fiscalización estatal de las S.A. no incluidas en el artículo 299 al contrato, sus reformas y las variaciones de capital.

Fuente: Ley 19.550

Qué regula el artículo 300

El artículo 300 fija el alcance de la fiscalización estatal de las S.A. comunes.

Texto oficial · Ley 19.550, art. 300

La fiscalización por la autoridad de contralor de las sociedades anónimas no incluidas en el artículo 299 se limitará al contrato constitutivo, sus reformas y variaciones del capital, a los efectos de los artículos 53 y 167.

Fuente: Ley 19.550, art. 300 — InfoLEG (texto oficial actualizado)

Comentario

Las S.A. comunes (fuera del art. 299) solo tienen control estatal 'de acto': constitución, reformas y cambios de capital. No hay fiscalización permanente de su funcionamiento, a diferencia de las del art. 299.

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