Blasco SchneiderBiblioteca jurídica
Inicio›Biblioteca›Ley 19.550›Art. 325
Ley 19.550 · Artículo 325 — Debentures: sociedades que pueden emitirlos

Qué son los debentures y quién puede emitirlos (art. 325 LGS)

El artículo 325 de la Ley General de Sociedades permite a las S.A. y a las comanditas por acciones, si el estatuto lo autoriza, contraer empréstitos emitiendo debentures.

Fuente: Ley 19.550

Qué regula el artículo 325

El artículo 325 habilita la emisión de debentures por ciertas sociedades.

Texto oficial · Ley 19.550, art. 325

Las sociedades anónimas, incluidas las de la Sección VI, y en comandita por acciones podrán, si sus estatutos lo autorizan, contraer empréstitos en forma pública o privada mediante la emisión de debentures.

Fuente: Ley 19.550, art. 325 — InfoLEG (texto oficial actualizado)

Comentario

Los debentures son títulos de deuda (bonos corporativos): la sociedad se financia tomando dinero del público o de privados a cambio de estos títulos. Requieren autorización estatutaria. Hoy conviven con las obligaciones negociables, más usadas en el mercado.

Esta página es de carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni reemplaza una consulta profesional. Cita el texto oficial de la norma; para su aplicación a un caso concreto, consulte a un profesional matriculado.

¿Necesitás asesoramiento sobre este tema?

El estudio tiene su sede central en Buenos Aires (Argentina) y brinda asesoramiento a clientes de todo el mundo.

Consultar al estudio