Qué se puede aportar al capital de una SRL o S.A. (art. 39 LGS)
El artículo 39 de la Ley General de Sociedades exige que, en la SRL y en las sociedades por acciones, el aporte sea de bienes determinados, susceptibles de ejecución forzada.
Qué regula el artículo 39
El artículo 39 restringe los aportes de capital de la SRL y la S.A. a bienes determinados y ejecutables.
En las sociedades de responsabilidad limitada y por acciones, el aporte debe ser de bienes determinados, susceptibles de ejecución forzada.
Fuente: Ley 19.550, art. 39 — InfoLEG (texto oficial actualizado)
Comentario
La regla protege la realidad del capital: en los tipos de responsabilidad limitada, el capital es la garantía de los terceros, por eso debe integrarse con bienes ejecutables (dinero, cosas, créditos), no con obligaciones de hacer. El trabajo o la industria se canalizan como prestaciones accesorias.
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