Quiénes deben presentar estados contables (art. 62 LGS)
El artículo 62 de la Ley General de Sociedades obliga a las sociedades por acciones y a las SRL de capital alcanzado por el artículo 299 inc. 2 a presentar estados contables anuales (arts. 63 a 66) y regula la información complementaria de los grupos.
Qué regula el artículo 62
El artículo 62 fija qué sociedades deben presentar estados contables anuales y la información consolidada de grupo.
Las sociedades deberán hacer constar en sus balances la fecha en que se cumple el plazo de duración. Las sociedades de responsabilidad limitada cuyo capital alcance el importe del artículo 299, inciso 2), y las sociedades por acciones deberán presentar los estados contables anuales regulados por los artículos 63 a 65 y cumplir el artículo 66. Las sociedades controlantes deberán presentar como información complementaria estados contables consolidados.
Fuente: Ley 19.550, art. 62 — InfoLEG (texto oficial actualizado)
Comentario
Define el quién de la contabilidad societaria: todas llevan libros, pero la presentación formal de estados contables completos (balance, resultados, memoria) pesa sobre las S.A. y las SRL grandes. Los grupos, además, consolidan.
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