Qué tener en cuenta
La transacción entre socios debe cerrar con precisión los litigios y obligaciones identificados sin extinguir inadvertidamente derechos ajenos. El precio del acuerdo incluye también costos, plazos y compromisos futuros.
Se definen desistimientos, pagos, transferencia de participaciones, levantamiento de medidas, confidencialidad y garantías. La presentación judicial se coordina con el cumplimiento para evitar una renuncia anticipada sin contraprestación efectiva.
Una fórmula amplia de liberación puede abarcar reclamos no considerados si no se redacta cuidadosamente.
Distinciones que se confunden
Transar un litigio y extinguir por sí sola una acción social de responsabilidad no son siempre equivalentes.
Preguntas frecuentes
¿Se puede acordar mientras hay medidas cautelares vigentes?
¿Es necesario homologar judicialmente todo acuerdo?
Contenido informativo. No sustituye una consulta profesional.