Blasco SchneiderConsultores Legales y Corporativos
Inicio›Abogados›Constitución de sociedades y puesta en marcha empresarial›Constitución de sociedades con aportes no dinerarios

Constitución de sociedades con aportes no dinerarios

Constituir una sociedad implica tomar decisiones que condicionarán su funcionamiento después de obtenida la inscripción. En esta materia, el trabajo comprende instrumentación de aportes en especie y coordinación de documentación, valuación y actos de transferencia.

Qué tener en cuenta

Los aportes en especie exigen identificar el bien, su titularidad, valor y aptitud para transferirse a la sociedad. No son equivalentes al ingreso de dinero en una cuenta.

Debe prepararse documentación de propiedad, valuación y transmisión, con controles particulares si se aportan vehículos, maquinaria, créditos o derechos. Los requisitos varían según el tipo social y el activo.

Una valuación sin respaldo puede ocasionar observaciones registrales y responsabilidades entre socios o frente a terceros.

Distinciones que se confunden

Comprometer un aporte no dinerario y concretar su efectiva integración son etapas que deben distinguirse.

Preguntas frecuentes

¿Se puede aportar una máquina en lugar de dinero?
En principio sí, sujeto a valuación, transmisión e integración conforme a las reglas correspondientes.
¿Quién determina el valor del bien aportado?
Depende del tipo social y de la normativa aplicable; puede requerirse respaldo técnico o controles específicos.

Contenido informativo. No sustituye una consulta profesional.