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Ley 19.550 · Artículo 68 — Dividendos

Cuándo y cómo se distribuyen dividendos (art. 68 LGS)

El artículo 68 de la Ley General de Sociedades fija la regla de oro del reparto de utilidades: los dividendos solo pueden aprobarse y distribuirse por ganancias realizadas y líquidas resultantes de un balance confeccionado conforme a la ley y el estatuto y aprobado por el órgano competente. Los dividendos pagados en violación de esta regla son repetibles.

Fuente: Ley 19.550

Qué regula el artículo 68

El artículo 68 establece los requisitos para distribuir dividendos y la sanción —repetición— de los dividendos indebidos.

Texto oficial · Ley 19.550, art. 68

Los dividendos no pueden ser aprobados ni distribuidos a los socios, sino por ganancias realizadas y líquidas resultantes de un balance confeccionado de acuerdo con la ley y el estatuto y aprobado por el órgano social competente, salvo en el caso previsto en el artículo 224, segundo párrafo.

Las ganancias distribuidas en violación a esta regla son repetibles, con excepción del supuesto previsto en el artículo 225.

Fuente: Ley 19.550, art. 68 — InfoLEG (texto oficial actualizado)

Comentario

La norma protege la integridad del capital y a los terceros: no se puede repartir lo que no es ganancia real. Exige tres recaudos: ganancias realizadas y líquidas, un balance confeccionado según la ley y el estatuto, y su aprobación por el órgano competente (la asamblea).

Los dividendos ficticios —repartidos sin ganancias reales o sin balance aprobado— son repetibles: la sociedad puede reclamar su devolución, salvo la excepción del art. 225 (percepción de buena fe de dividendos de balances regularmente aprobados). Distribuir mal expone además a los administradores a responsabilidad.

Distinciones que se confunden

Ganancia realizada y líquida no es lo mismo que Ganancia contable no líquida. Solo se reparte lo efectivamente realizado y disponible; no basta un resultado positivo en los papeles si no es líquido y aprobado.
Dividendo regular no es lo mismo que Dividendo ficticio. El regular surge de un balance aprobado con ganancias reales; el ficticio, sin ese respaldo, es repetible y compromete a los administradores.

Impacto práctico

Antes de distribuir utilidades hay que contar con el balance aprobado y ganancias líquidas. Los anticipos de dividendos y los repartos sin balance aprobado son fuente de responsabilidad y de acciones de repetición.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se pueden repartir dividendos?
Solo por ganancias realizadas y líquidas que resulten de un balance confeccionado conforme a la ley y el estatuto y aprobado por la asamblea.
¿Qué pasa con los dividendos mal distribuidos?
Son repetibles: la sociedad puede reclamar su devolución, salvo la excepción del artículo 225 (buena fe sobre balances regularmente aprobados).
Esta página es de carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni reemplaza una consulta profesional. Cita el texto oficial de la norma; para su aplicación a un caso concreto, consulte a un profesional matriculado.

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