Blasco SchneiderConsultores Legales y Corporativos
Inicio›Abogados›Inversión extranjera y operaciones transfronterizas›Compraventa transfronteriza de participaciones societarias

Compraventa transfronteriza de participaciones societarias

Las operaciones internacionales exigen coordinar documentos y responsabilidades de más de una jurisdicción. En esta materia, el trabajo comprende documentación de transferencia de acciones o cuotas con partes domiciliadas en distintos países.

Qué tener en cuenta

La transferencia transfronteriza de acciones o cuotas exige coordinar comprador, vendedor y sociedad objeto, que pueden estar sujetos a distintos regímenes jurídicos.

Se define ley contractual, formalidades de las participaciones locales, precio, impuestos, poderes, garantías y documentación del cierre. Los efectos registrales argentinos se organizan separadamente de los actos extranjeros.

Un contrato firmado en otro país no prescinde de los requisitos argentinos sobre las participaciones transferidas.

Distinciones que se confunden

Ley del contrato de compraventa y ley societaria de la entidad participada pueden ser diferentes.

Preguntas frecuentes

¿Puede firmarse la compraventa fuera de Argentina?
Puede ser posible, con cumplimiento de formas y efectos locales necesarios.
¿Quién debe registrar la transferencia en Argentina?
Depende de acciones o cuotas y del régimen aplicable, con obligaciones de sociedad y partes.

Contenido informativo. No sustituye una consulta profesional.