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Nombramiento y poderes de representantes de inversores extranjeros

Las operaciones internacionales exigen coordinar documentos y responsabilidades de más de una jurisdicción. En esta materia, el trabajo comprende instrumentación de poderes otorgados fuera del país y análisis de facultades de actuación local.

Qué tener en cuenta

Los poderes otorgados en el exterior deben identificar quién representa al inversor, para qué actos y con qué límites. Su validez local exige examinar forma y alcance.

Se revisan firmas, apostilla o legalización, traducciones, decisiones societarias de origen y suficiencia del mandato para actos argentinos. También se comprueba vigencia y eventual sustitución.

Un poder válido en el país de origen puede no cumplir todos los requisitos formales exigidos por el organismo argentino.

Distinciones que se confunden

Acreditar facultades para firmar y acreditar la existencia de la sociedad otorgante son cuestiones diferentes.

Preguntas frecuentes

¿Puedo usar en Argentina un poder apostillado?
Con frecuencia es posible, pero también deben analizarse contenido, traducción y requisitos del acto.
¿Hace falta un poder nuevo para cada operación?
Depende de la amplitud y vigencia del mandato y de las facultades exigidas.

Contenido informativo. No sustituye una consulta profesional.