Blasco SchneiderConsultores Legales y Corporativos
Inicio›Abogados›Constitución de sociedades y puesta en marcha empresarial›Constitución de sociedades ante la DPPJ de Buenos Aires

Constitución de sociedades ante la DPPJ de Buenos Aires

Constituir una sociedad implica tomar decisiones que condicionarán su funcionamiento después de obtenida la inscripción. En esta materia, el trabajo comprende asistencia para constituir e inscribir sociedades en Provincia de Buenos Aires, con sus recaudos específicos.

Qué tener en cuenta

Constituir una sociedad en la Provincia de Buenos Aires exige planificar el tipo social y cumplir los recaudos de la DPPJ. La elección entre SA, SRL u otras figuras debe responder a socios, administración y financiación.

Se revisan denominación, objeto, capital, sede, aportes, órganos y representación. La documentación constitutiva y las publicaciones o declaraciones que correspondan deben prepararse conforme al trámite provincial vigente.

La inscripción no reemplaza la obtención de CUIT, libros y habilitaciones propias del negocio.

Distinciones que se confunden

La DPPJ no debe confundirse con la IGJ: comparten la legislación societaria de base, pero son registros de jurisdicciones diferentes.

Preguntas frecuentes

¿Una sociedad de Provincia puede contratar con clientes de CABA?
Sí, en principio. El domicilio de inscripción no limita por sí solo las operaciones lícitas, sin perjuicio de registros o permisos necesarios.
¿Es igual constituir una SA que una SRL en la DPPJ?
No. Los instrumentos, órganos y requisitos específicos varían según el tipo social elegido.

Contenido informativo. No sustituye una consulta profesional.