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Constitución de sociedades con socios extranjeros

Constituir una sociedad implica tomar decisiones que condicionarán su funcionamiento después de obtenida la inscripción. En esta materia, el trabajo comprende preparación documental y registral para crear una sociedad argentina participada por personas o entidades del exterior.

Qué tener en cuenta

Cuando una sociedad argentina tendrá socios del exterior, es necesario identificar si invertirán personas humanas o entidades y qué documentos acreditan su existencia, representación y facultades.

Se coordinan legalización o apostilla, traducciones cuando correspondan, poderes, información de titulares y registraciones exigibles. También se verifica la posibilidad de participar de la sociedad local y el circuito para suscribir e integrar aportes.

Los documentos válidos en el país de origen no siempre son suficientes, sin adaptación, ante el registro argentino.

Distinciones que se confunden

Una persona humana extranjera y una sociedad extranjera pueden estar sujetas a exigencias documentales diferentes.

Preguntas frecuentes

¿Una empresa extranjera puede ser socia de una SA argentina?
En principio sí, sujeto al cumplimiento del régimen de inscripción y participación de entidades extranjeras aplicable.
¿Hace falta que todos los socios viajen a Argentina?
No necesariamente. Pueden utilizarse poderes adecuados, siempre que el instrumento y las formalidades sean suficientes.

Contenido informativo. No sustituye una consulta profesional.